Fiscal general de Venezuela: El TSJ no tiene competencia para disolver la Asamblea Nacional
Luisa Ortega Díaz, fiscal general de Venezuela, aclaró que tampoco la Asamblea Nacional puede aplicar un juicio político al Presidente de la República, porque no está establecido en la Constitución
CARACAS.- La fiscal general de Venezuela, Luisa Ortega Díaz, explicó este viernes que el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) no tiene competencia para disolver la Asamblea Nacional (AN, Parlamento), porque es un aspecto privativo del Presidente de la República.
““La Constitución también establece las causales de disolución de la AN, es más remite un artículo el 236 que establece la única causa de disolución del artículo 240 cuando hay una moción de censura contra el vicepresidente tres veces en un mismo periodo, esa es una causal para disolver la Asamblea y quien la puede disolver es el presidente de la República”, detalló Ortega Díaz durante una entrevista para el Noticiero Venevisión.
Asimismo, aclaró que tampoco la AN puede aplicar un juicio político al Presidente de la República, porque no está establecido en la Constitución de Venezuela. “En la figura del Presidente no existe ni siquiera la moción de censura, dijo.
“El único organismo que puede solicitar una investigación al presidente es el Ministerio Público y no lo puede hacer cualquier fiscal, solo el fiscal general. El juicio debe presentarse ante la Sala Plena del TSJ, es el concurso de esas dos instituciones para que proceda, estamos hablando de antejuicio, ni siquiera de un juicio”, agregó
Ortega Díaz, resaltó que posteriormente la Sala Plena del TSJ puede que solicita autorización de la AN para continuar un juicio al Presidente de la República. “Pero si el tribunal no ha requerido la autorización luego de todo este proceso la Asamblea no puede intervenir”, puntualizó
““La Constitución también establece las causales de disolución de la AN, es más remite un artículo el 236 que establece la única causa de disolución del artículo 240 cuando hay una moción de censura contra el vicepresidente tres veces en un mismo periodo, esa es una causal para disolver la Asamblea y quien la puede disolver es el presidente de la República”, detalló Ortega Díaz durante una entrevista para el Noticiero Venevisión.
Asimismo, aclaró que tampoco la AN puede aplicar un juicio político al Presidente de la República, porque no está establecido en la Constitución de Venezuela. “En la figura del Presidente no existe ni siquiera la moción de censura, dijo.
“El único organismo que puede solicitar una investigación al presidente es el Ministerio Público y no lo puede hacer cualquier fiscal, solo el fiscal general. El juicio debe presentarse ante la Sala Plena del TSJ, es el concurso de esas dos instituciones para que proceda, estamos hablando de antejuicio, ni siquiera de un juicio”, agregó
Ortega Díaz, resaltó que posteriormente la Sala Plena del TSJ puede que solicita autorización de la AN para continuar un juicio al Presidente de la República. “Pero si el tribunal no ha requerido la autorización luego de todo este proceso la Asamblea no puede intervenir”, puntualizó
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