lunes, 14 de diciembre de 2015

Foro Penal propone a la nueva AN dictar un decreto y no una Ley de Amnistía

Foro Penal propone a la nueva AN dictar un decreto y no una Ley de Amnistía

La organización aclara la potestad prevista en el numeral 5 del artículo 187 de la Constitución permitiría al excarcelación inmediata de los opositores y disidentes presos, por cuanto ni siquiera haría falta enviar la iniciativa al Gobierno para que la avale.

imageRotate
Romero presentó un borrador del decreto (Archivo)
JUAN FRANCISCO ALONSO |  EL UNIVERSAL
lunes 14 de diciembre de 2015  03:33 PM
Caracas.- Dictar un decreto de amnistía y no una ley. Esa es la propuesta que el Foro Penal Venezolano formuló a la nueva Asamblea Nacional (AN) para lograr de manera expedita la liberación de los políticos opositores y disidentes encarcelados, así como para permitir la vuelta de los exiliados.

"Tras recibir las opiniones de un importante grupo de especialistas, se llegó a la conclusión de que siendo un Decreto Legislativo y no un Proyecto de Ley, la Asamblea Nacional puede dictarlo en forma inmediata, sin siquiera requerir la aprobación o promulgación por parte del Presidente de la República", anunció el director de la agrupación, Alfredo Romero, al explicar que el decreto previsto en el numeral 5 del artículo 187 constitucional es distinto a los instrumentos que puede dictar el Parlamento según el artículo 202 de la Carta Magna, los cuales deben seguir un procedimiento donde hay dos discusiones que requieren más tiempo y los cuales pueden ser objetados por el Jefe del Estado.

Romero no solo se limitó a realizar esta sugerencia a los nuevos diputados, sino que además presentó un borrador que les entregará para su consideración, el cual, en su artículo 12, prevé la extinción y el cierre de los procesos penales seguidos contra "todas las personas naturales y jurídicas que (...) puedan ser consideradas como perseguidas o presas políticas, en relación con los acontecimientos de trascendencia nacional (...) desde el 1 de enero de 1999 hasta la promulgación de este decreto".

En la misma norma se precisa que los señalados de participar en los sucesos de abril de 2002 y que no hayan sido beneficiados de la Ley que el fallecido Hugo Chávez dictó en 2007, así como los involucrados en el paro petrolero de finales de 2002 y principios de 2003, en las protestas ocurridas en el país durante los meses previos al referendo revocatorio presidencial, por la no renovación de la concesión a Radio Caracas Televisión (RCTV) en 2007, por la aprobación de la Ley de Educación de 2009, por las elecciones presidenciales sobrevenidas de 2013 y en las de 2014 ya no tendrán ninguna cuenta con la justicia.

También quedarán sin efecto las condenas e inhabilitaciones administrativas dictadas contra personas por "motivos políticos o por haber ejercido sus derechos constitucionales al voto, a la libre expresión de las ideas o por manifestarse a favor o en contra de cualquier corriente política o ideológica de manera pacífica y legítima, o por haberse opuesto al orden político establecido".

Por último, el artículo 14 del borrador plantea que los potenciales beneficiarios de este instrumento deberán solicitarlo ante "los organismos judiciales correspondientes" y ellos deberán concederle "la libertad de inmediato".

0 comentarios:

Publicar un comentario

Enviar comentarios: