Defensa de López: Gobierno acatará decisión de la ONU y lo liberará
Juan Carlos Gutiérrez explicó que el fallo de la jueza 28 de juicio no tiene ningún tipo de fundamento jurídico ni argumentación valida y es violatoria de la Constitución
La defensa de Leopoldo López integrada por los abogados Juan Carlos Gutiérrez, Bernardo Pulido y Roberto Marrero informó que ante el exabrupto jurídico emanado por la jueza Susana Barreiros sobre la resolución de la ONU, el próximo lunes llevarán a la Corte de Apelaciones el caso para que esta haga respetar el dictamen de Naciones Unidas que insta la liberación del líder opositor venezolano.
“El Tribunal 28 de Juicio a cargo de la juez Susana Barreiros, simplemente decidió violar el pedido de libertad de la Organización de las Naciones Unidas y correr la arruga. Lo más importante en cuanto a ello es que, ahora elevamos a la Corte de Apelaciones de Caracas tener el pronunciamiento histórico de darle cumplimiento a lo que ha pedido el Grupo de Trabajo de Detenciones Arbitrarias de las Naciones Unidas. ¿Por qué es histórico? Porque este pronunciamiento establece, luego de un análisis de un debido proceso en el escenario internacional que la detención de Leopoldo López tiene toda una serie de características que la conceptualizan como una detención arbitraria, que vulneran disposiciones expresas en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y por tales razones esa detención tiene necesariamente que cesar. Será la Corte de Apelaciones que dará cumplimiento a la liberación de Leopoldo López y dará respeto a los compromisos que ha asumido Venezuela en el plano internacional. Esa decisión debe lograr que brille la justicia que no se ha logrado en este caso”.
Gutiérrez explicó que el fallo de la jueza 28 de juicio no tiene ningún tipo de fundamento jurídico ni argumentación valida y es violatoria de la Constitución, las leyes y Pactos Internacionales en materia de Derechos Humanos a los que Venezuela está suscrita.
“El caso de Leopoldo López ha tenido como características principal la violación sistemática de los Derechos Humanos. Desde el momento que se ordena su privación de libertad en forma arbitraria e ilegal, de la forma en cómo se ha mantenido privado de libertad en una cárcel militar bajo aislamiento, tortura, entre otras situaciones de igual gravedad y en paralelo la forma como se ha vulnerado su derecho a la defensa, su derecho a la tutela judicial efectiva y todos los derechos inherentes al debido proceso. No puede un tribunal o una autoridad pública decir alegremente que el caso de Leopoldo López no hay violación de Derechos Humanos. La violación de Derechos Humanos es la nota fundamental de este caso, así como también se han vulnerado los derechos humanos a otro grupo de jóvenes y estudiantes que han sido privados de libertad con la característica de detención arbitraria”.
Desmintió a la juez Susana Barreiros quien afirmó en su decisión que la resolución de la Organización de Naciones Unidas no es vinculante.
Informó que el artículo 23 de la Constitución Nacional dice que ´los tratados, pactos y convenciones relativos a derechos humanos, suscritos y ratificados por Venezuela, tienen jerarquía constitucional y prevalecen en el orden interno, en la medida en que contengan normas sobre su goce y ejercicio más favorables a las establecidas por esta Constitución y en las leyes de la República.
Gutiérrez recordó a la jueza que el Código Orgánico Procesal Penal especifica penas para todo aquel funcionario del Estado que viole flagrantemente los derechos humanos.
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