lunes, 7 de septiembre de 2015

La CorteIDH condena a Venezuela y le ordena restablecer la frecuencia a RCTV

La CorteIDH condena a Venezuela y le ordena restablecer la frecuencia a RCTV

La CorteIDH dio por "probado que en el presente caso se configuró una restricción indirecta al ejercicio del derecho a la libertad de expresión producida por la utilización de medios encaminados a impedir la comunicación y circulación de la ideas y opiniones"

VENEZUELA
La CorteIDH condena a Venezuela y le ordena restablecer la frecuencia a RCTV
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El entonces presidente de Radio Caracas Televisión (RCTV), Marcel Granier, durante una rueda de prensa en la sede del canal en Caracas (Venezuela). (EFE)
SAN JOSÉ.- EFE
La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) publicó este lunes un fallo en el que condena al Estado venezolano y le ordena restablecer la frecuencia a Radio Caracas Televisión (RCTV), que no le fue renovada en el año 2007.
"El Estado deberá restablecer la concesión de la frecuencia del espectro radioeléctrico correspondiente al canal 2 de televisión y deberá devolver los bienes objeto de las medidas cautelares", indica la sentencia, notificada hoy a las partes.
La CorteIDH dio por "probado que en el presente caso se configuró una restricción indirecta al ejercicio del derecho a la libertad de expresión producida por la utilización de medios encaminados a impedir la comunicación y circulación de la ideas y opiniones".

El caso se remonta al 28 de mayo de 2007, cuando el Gobierno del entonces presidente venezolano Hugo Chávez (1954-2013) decidió no renovar la concesión de RCTV, lo que provocó que el medio de comunicación dejara de transmitir como estación de televisión abierta.
La demanda indica que el cierre de la estación, que operaba desde 1953, se debió a que sus propietarios se negaron a cambiar su línea editorial crítica al Gobierno.
La CorteIDH determinó que el Estado violó el deber de no discriminación, el derecho al debido proceso, al de un plazo razonable en un contencioso y el derecho a ser oído de los propietarios y trabajadores de RCTV.
En la parte dispositiva de la sentencia, la CorteIDH ordena al Estado restablecer la concesión de la frecuencia de RCTV mediante un proceso "abierto, independiente y transparente".
Además, "el Estado debe tomar las medidas necesarias a fin de garantizar que todos los futuros procesos de asignación y renovación de frecuencias de radio y televisión que se lleven a cabo, sean conducidos de manera abierta, independiente y transparente".
La CorteIDH, con sede en Costa Rica y que forma parte de la Organización de Estados Americanos (OEA), también ordenó una serie de reparaciones económicas para los demandantes.
La audiencia por este caso se realizó en mayo del 2014 y en ella el agente del Estado de Venezuela, Germán Saltrón, negó que la no renovación respondiera a la línea editorial y señaló que se trató de una cuestión técnica porque la frecuencia tenía mayor cobertura y se debía usar para un medio de servicio público.
"RCTV estaba haciendo un abuso del derecho a la libertad de expresión. En su programación se evidenciaba una constante tergiversación de los hechos, ocultamiento de datos y manipulación de las declaraciones, presentando los acontecimientos de una manera tendenciosa que censuraba el derecho a la información de manera veraz y oportuna", denunció Saltrón ese día.
En su momento, RCTV cesó sus emisiones en abierto el 27 de mayo de 2007 tras vencer su última concesión, de 20 años, que el Gobierno venezolano no prorrogó por considerar que la cadena, la más antigua del país, tuvo una actitud "golpista".

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